
Guía de entrega de documentos para solicitantes de permisos en carreteras y caminos estatales.
Con el firme compromiso de garantizar la seguridad vial y el ordenamiento del patrimonio estatal, informamos sobre los procedimientos de la Ley que Establece el Derecho de Vía y su Aprovechamiento en las Vías de Comunicación Terrestre del Estado de Nayarit. Ponemos a su disposición esta guía de recepción de documentación para asegurar que todo aprovechamiento de la infraestructura pública cumpla con los estándares técnicos y legales vigentes.
Apartado 1: Uso y Aprovechamiento del Derecho de Vía
Descripción
Es el permiso se necesita para realizar alguna actividad o instalación dentro de los terrenos que son propiedad del Estado a los lados de las carreteras (mínimo 20 metros desde el centro del camino).
Requisitos
- Solicitud por escrito a la Secretaría de Infraestructura, conteniendo:
- Nombre y domicilio del interesado
- Domicilio para recibir notificaciones en la ciudad de Tepic, capital del Estado de Nayarit y autorizado para recibirlas
- Explicación clara y sencilla del objeto de su solicitud
- Periodo de vigencia solicitado
- Descripción general de la construcción, instalación, estructura, modificación o ampliación a realizar
- Para personas morales:
- Copias del acta constitutiva, así como del poder notarial de quien la representa, con facultades para obligarse a nombre de la empresa
- Identificación oficial del representante legal
- Copia del Registro Federal de Contribuyentes
- Para persona físicas:
- Copia del acta de nacimiento
- Identificación oficial
- Copia del Registro Federal de Contribuyentes
- Señalar la vía terrestre de comunicación estatal: tramo y kilómetro en donde se pretende llevar a cabo la construcción, instalación, estructura, modificación o ampliación a realizar
- Acreditar la propiedad o posesión de la superficie a utilizar, en los casos que la naturaleza de la obra lo amerite
- En caso de zonas aledañas al derecho de vía, presentar el documento que acredite la propiedad o posesión de la superficie o autorización para su aprovechamiento
- Plano, con medidas y colindancias en el que se delimite la ubicación del predio, tratándose del aprovechamiento de zonas aledañas al derecho de vía
- Proyecto ejecutivo de los trabajos u obras a realizar en el derecho de vía
- Memoria de cálculo, en caso de que los trabajos a ejecutar contemplen algún tipo de estructura
- Procedimiento de construcción, modificación y/o ampliación
- Acreditar el pago de derechos ante la Secretaría de Infraestructura conforme a las disposiciones fiscales aplicables
Fundamento Legal
Artículo 14, fracciones I a la XIII, de la “Ley que Establece el Derecho de Vía y su Aprovechamiento en las Vías de Comunicación Terrestre del Estado de Nayarit”, publicada el 12 de diciembre de 2025.
Apartado 2: Accesos, Cruzamientos e Instalaciones Marginales
Descripción
Sirve para conectar tu propiedad con la carretera (entradas/salidas), pasar tuberías o cables de un lado a otro (por arriba o abajo de la carretera), o poner líneas de servicios paralelas al camino.
Requisitos
- Toda la documentación mencionada en el Apartado 1
- Escrito libre con la información del uso que se dára al predio del acceso
- Catalogo de Conceptos y Programa de Obra, mencionando descripción de las instalaciónes y calendarizacion de las diferentes etapas de ejecución.
- Plano del proyecto digital en formato DWG y PDF
Fundamento Legal
Artículo 14, fracciones I a la XIII; y artículo 30, fracciones II a la IV, de la “Ley que Establece el Derecho de Vía y su Aprovechamiento en las Vías de Comunicación Terrestre del Estado de Nayarit”, publicada el 12 de diciembre de 2025.
Apartado 3: Instalación de Anuncios y Obras Publicitarias
Descripción
Permiso para colocar rótulos, anuncios o cualquier estructura de propaganda en la zona aledaña a las carreteras estatales.
Requisitos
- Toda la documentación mencionada en el Apartado 1
- Descripción del anuncio
- Texto del anuncio, forma y color
- Croquis de localización del predio
- Señalar su existen o no anuncios en un radio de 150 metros (memoria fotografíca)
- Seguro de daños a terceros
- Proyecto ejecutivo y memoria de cálculo de la estructura, avalada y firmada por un périto responsable en la materia, registrado ante la autoridad competente
- Autorzación de dependencia, organismo o empresa que tenga instalaciones en el sitio (Cableado telefonico, lineas de agua potable, conducción electrica, drenaje, gas etc.)
Lineamientos
- Presentar un aspecto estético y contener mensajes de seguridad vial;
- Estar redactado en lenguaje claro y accesible en idioma español, sólo se autorizará el uso de dialectos o de nombres de productos, marcas o establecimientos en lengua extranjera, cuando se justifique su uso;
- En las zonas de alto índice turístico podrá incluirse la traducción del texto en español a otros idiomas;
- Estar exento de expresiones o imágenes obscenas, y su contenido no deberá ser mayor de diez palabras, sin contar el mensaje vial que no excederá de cinco palabras;
- Tener como máximo 50 metros cuadrados de superficie destinada al anuncio y no más de 75 metros cuadrados de superficie total;
- Ostentar en el ángulo inferior izquierdo el número del permiso que haya otorgado la Secretaría, así como la fecha de expedición, y
- Las demás disposiciones que se establezcan en el permiso o en el convenio correspondiente.
Fundamento Legal
Artículo 14, fracciones I a la XIII; artículo 35, fracciones I a la VII; y artículo 39 de la “Ley que Establece el Derecho de Vía y su Aprovechamiento en las Vías de Comunicación Terrestre del Estado de Nayarit”, publicada el 12 de diciembre de 2025.
Apartado 4: Instalación de Señales Informativas
Descripción
Permiso para colocar señales que guíen al usuario hacia lugares de interés, como hoteles, restaurantes o gasolineras.
Requisitos
- Toda la documentación mencionada en el Apartado 1
- Proyecto de la señal
- Ubicación
Fundamento Legal
Artículo 14, fracciones I a la XIII; y artículo 42, fracciones I y II de la “Ley que Establece el Derecho de Vía y su Aprovechamiento en las Vías de Comunicación Terrestre del Estado de Nayarit”, publicada el 12 de diciembre de 2025.
Apartado 5: Modificación de Permisos Vigentes
Descripción
Si ya cuentas con un permiso de acceso, anuncio u obra, pero vas a cambiar al propietario, la razón social o vas a modificar la obra previo a su construcción.
Requisitos
- Solicitud por escrito expresando la causa que motiva la petición;
- Solicitud el original del permiso
- Documentos que acrediten la causa (planos, memorias de cálculo)
- Certificado de no adeudo de impuestos, derechos y aprovechamientos, expedido por la Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Nayarit
- Recibo de pago de los derechos correspondientes.
- El aviso y la solicitud de modificación deben realizarse en un plazo no mayor a 10 días naturales a partir de que ocurran dichos cambios.
Fundamento Legal
Artículo 24, 25 y 26 de la “Ley que Establece el Derecho de Vía y su Aprovechamiento en las Vías de Comunicación Terrestre del Estado de Nayarit”, publicada el 12 de diciembre de 2025.

